HUELGA RYANAIR ¿COMO DEFENDEMOS NUESTROS DERECHOS?

¿Qué incumplimientos de la compañía aérea se pueden reclamar?

Cosmos Abogados está especializado en reclamar a las aerolíneas por vulnerar los derechos de sus pasajeros.

Así la normativa europea determina que, si se cancela un vuelo, los pasajeros afectados tendrán derecho a una compensación por parte del transportista aéreo, a menos que:

  1. Se les informe de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista, o
  2. Se les informe de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista, o
  3. Se les informe de la cancelación con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

¿Qué derechos tiene un pasajero si se cancela o se retrasa un vuelo?

La aerolínea le ofrecerá asistencia y el reembolso del coste del billete o a un transporte alternativo.

Además, en caso de que exista un retraso en la salida del vuelo, al pasajero hay que prestarle atención, dándole comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que sea necesario esperar, así como alojamiento en un hotel en los casos en que sea necesario pernoctar una o varias noches, o en que sea necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero, así como hacerse cargo del transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

Por último, se ofrecerán a los pasajeros gratuitamente dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos.

¿A qué compensación tiene derecho el pasajero en el caso de que se cancele el vuelo o exista un retraso en la llegada?

Si un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo prevé el retraso de un vuelo con respecto a la hora de salida prevista de:

  1. Dos horas o más en el caso de todos los vuelos de 1500 kilómetros o menos, tendrá derecho a una compensación de 250 euros.
  2. Tres horas o más en el caso de todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros y de todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros, tendrá derecho a una compensación de 400 euros.
  3. Cuatro horas o más en el caso de todos los vuelos no comprendidos en las letras a) o b), tendrá derecho a una compensación de 600 euros.

Además, se puede compatibilizar la compensación previamente explicada con la indemnización por los daños materiales y morales soportados por la cancelación de un vuelo. En consecuencia, se tienen en cuenta los perjuicios causados por la compañía aérea con su comportamiento tanto en el momento del retraso como con posterioridad.

¿Qué debe hacer un usuario en estos casos?

En el caso que el pasajero quiera reclamar el resarcimiento de los daños causados, puede reclamar por su cuenta a la correspondiente compañía aérea o ponerse en manos de profesionales para que inicien una reclamación amistosa y, en su caso, judicial. En Cosmos Abogados tenemos un alto porcentaje de éxito en estas reclamaciones y si nos da traslado de su caso se lo analizamos de forma gratuita y le indicamos si su reclamación puede prosperar.